Si su incapacidad es expedida por médico no adscrito a la red de la EPS, también debe anexar copia de la epicrisis si se trata de internación, o el resumen de la atención, cuando corresponde a servicios de consulta externa o atención ambulatoria. Lo anterior de conformidad con el Artículo 2.2.3.3.3 del Decreto 780 de 2016, modificado por el Decreto 1427 del 29 de julio de 2022.